El campo DUI es para guardar el número del Documento Único de Identidad de su cliente.


Para registrar el número de DUI, debe hacerlo ingresando los 9 dígitos que lo componen sin el guión que antecede al último dígito (ejemplo: 012345678). Tome en cuenta que en este campo, este número se registra de manera diferente que la ID de cliente, en donde es necesario que se digite el número incluyendo el guión (ejemplo: 01234567-8)


Lo anterior es necesario porque este campo se utiliza directamente para validar ciertas condiciones de facturación, y por disposición legal, en los informes que se presentan al Fisco deben ser sin guión.




Así, en el ejemplo de la imagen la información para los campos quedarían de la siguiente manera:


Formato de ID de cliente en la pestaña Datos Generales: 02377308-8

Formato de número de DUI de cliente en la pestaña Más Información: 023773088


VALIDACIÓN DE NÚMERO DE DUI DEL CLIENTE:


El sistema validará si el número de DUI está correcto. Si todo está correcto le permitirá avanzar al siguiente campo o guardar el cambio si corresponde. Pero si hay error y no coincide con el número de DUI que quiere ingresar, le devolverá el aviso de que no es válido y debe corregirlo:



Todos los ciudadanos salvadoreños disponen de su Documento Único de Identidad. La Administración Tributaria exige que como vendedor o prestador de servicios, usted solicite este número a sus clientes para poder registrar las operciones de ventas mayores a US$200.00, las cuales serán informadas posteriormente a dicha dependencia.


La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó, por medio de Decreto Legislativo No. 203 de fecha 09 de noviembre de 2021, publicado en el Diario Oficial No. 235, Tomo No. 433 de esa misma fecha, cuya publicación material fue realizada el día 15 de diciembre de 2021, las Reformas a la Ley del Registro y Control Especial de Contribuyentes al Fisco, vigentes a partir del día 24 de diciembre de 2021, en las cuales se establece que las personas naturales que cuenten con NIT asignado a la fecha de entrada en vigencia de las reformas, deberán realizar el trámite de reemplazo por el número de DUI. Por lo anterior, el NIT actualmente se le asigna y es utilizado como documento de identificación, solamente para las personas jurídicas.


El DUI para las personas naturales corresponde al mismo número de NIT. Por lo que se utilizará este campo como complemento del NRC, en lugar de NIT, para la creación de la ficha del cliente, cuando sea contribuyente de IVA. El campo se ocultará cuando marque la casilla de Persona Jurídica en la pestaña Datos Generales.