El campo No sujeto a IVA se utiliza para marcar a los proveedores que le proveen mercadería o productos para comercializar, o bien, que le prestan servicios varios sin dependencia laboral, pero que no están registrados como contribuyentes, usualmente porque son productores artesanales o de menor escala, o bien, son comerciantes pequeños e informales, y por lo tanto, no pueden emitirle un Comprobante de Crédito Fiscal.


El campo viene desmarcado por defecto, pues se asume que todos los proveedores deben estar correctamente registrados en la Administratición Tributaria. El uso o no de este tipo de proveedores dependerá mucho de su sistema contable autorizado. En todo caso, la opción estará disponible si de acuerdo a su sistema se deben utilizar.


Para este tipo de proveedores, usted como empresa contribuyente del IVA tendrá que emitir una Factura a sujeto excluido, y registrar dicha información en el apartado de Facturas de Compras para validar su ingreso al inventario. Debe completar la información de un proveedor Sujeto Excluido para generar la factura como un DTE y hacerla llegar al correo de su proveedor.